Los textos que a continuación se reproducen fueron seleccionados con base en la convocatoria “Derechos sexuales y reproductivos en México”. Agradecemos su entusiasta respuesta y participación a las compañeras de varios estados de la república mexicana.

“Por el derecho a decidir en el Edoméx”, las mexiquenses seguimos en pie de lucha

Griselda Lozada Tavera, 47 años, Ecatepec de Morelos, Estado de México

Foto: Amor de María Vargas Mendoza, 2022. Reunión de Mujeres morena Mexiquenses con diputados y diputadas de la LXI Legislatura del Estado de México

Tan cerca de Dios, pero lejos de la gloria, así es como las mujeres vivimos en el Estado de México. Pese a nuestra cercanía con la Ciudad de México, donde a las mujeres y personas gestantes se les permite desde el 2007 interrumpir su embarazo, en territorio mexiquense el derecho a decidir sobre nuestros cuerpos es un tema tabú que sigue en la congeladora del Congreso Local, pero vivo en el corazón de la lucha feminista.

En los últimos tres años se ha intentado en cinco ocasiones concedernos a las mujeres el derecho a decidir sobre nuestros cuerpos, sin embargo, hasta el momento ninguna de las cinco leyes que se han presentado. De estas leyes, tres son impulsadas por partidos políticos y dos por la Red de Politólogos de la Universidad Autónoma del Estado de México en coordinación con el Centro de liderazgo de las mujeres. Han llegado a la votación del pleno.

Datos del Instituto Nacional de Geografía y Estadística revelan que, entre 2010 y 2019 se registraron mil 083 muertes maternas en territorio estatal, de las cuales 118 fueron por aborto en condiciones inseguras. Situación que contrasta con lo que sucede en la Ciudad de México, ya que debido a la implementación de la Interrupción Legal del Embarazo, desde hace 15 años, no se ha registrado ninguna muerte relacionada con este procedimiento dentro de las 12 semanas de gestación.

Lo que nos coloca a las mexiquenses en un estado de indefensión y de vulnerabilidad frente a las vecinas de la capital del país, donde la voluntad política de los y las legisladoras de la entonces Asamblea Legislativa del Distrito Federal estuvo por encima de sus creencias religiosas y concedieron a las mujeres y personas gestantes el derecho a decidir libremente sobre su cuerpo. Derecho que para las mujeres mexiquenses parece estar negado, ya que en la entidad sólo se nos permite interrumpir el embarazo por cuatro causas: violación, que la vida de la madre esté en peligro, malformaciones genéticas o congénitas graves del producto, o bien, cuando ocurre espontáneamente.

El pasado 4 de noviembre de 2021 la diputada, Anais Miriam Burgos Hernández, del Distrito 1 de Chalco, del grupo parlamentario de morena, propuso al pleno una iniciativa de ley para despenalizar el aborto en el Estado de México –misma que fue remitida a las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales, de Salud, Asistencia y Bienestar Social, y Igualdad de Género–, sin embargo, los y las legisladoras reconocen que la pelota se encuentra en el terreno de juego de la Junta de Coordinación Política de la LXI Legislatura del Estado de México, quienes tienen hasta el mes de mayo para subir al pleno la propuesta de ley. Ya que pasando ese tiempo aseguran, ya no habrá voluntad política ni hora para defender los derechos reproductivos y sexuales de las mujeres, pues la prioridad de los y las legisladores mexiquenses será la discusión del presupuesto y continuar con sus aspiraciones políticas rumbo a la elección de 2023.

Hoy las mexiquenses seguimos en pie de lucha y no cesaremos en la batalla hasta que se conceda a las mujeres el derecho a decidir sobre sus cuerpos, como ya ocurre en Ciudad de México, Oaxaca, Veracruz, Coahuila, Hidalgo, Baja California y Colima.

 

Derechos sexuales de las mujeres con discapacidad

Julieta Cecilia González Ramírez, 56 años, Alcaldía Gustavo A. Madero, Ciudad de México

Foto: Rosa Martínez, 2022

El vínculo entre personas con discapacidad y derechos humanos se ha limitado a tratar aspectos relacionados con la legislación de asistencia y de seguridad social, o con cuestiones de derecho civil como la incapacitación y la tutela. La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad fue aprobada en la Asamblea General de las Naciones Unidas el 13 de diciembre de 2006 y entró en vigor el 3 de mayo de 2008, lo que “visibilizó” jurídicamente a estas personas. Las personas con discapacidad dejaron de ser consideradas inferiores y dependientes con base en sus diferencias, esto generó un cambio de paradigma y permitió ubicarles como sujetos de derechos.1-2

La Convención cuenta con un preámbulo y 50 artículos, en los cuáles los estados se comprometen a tomar medidas para promover y asegurar la igualdad de derechos humanos y destaque como principio el respeto a la diferencia y la igualdad entre hombres y mujeres, lo que exige la adopción de medidas eficaces por parte de los estados para favorecer la conciencia social sobre la desigualdad de género con miras para erradicar los prejuicios, los estereotipos y las prácticas nocivas que afectan en especial a las mujeres y a las niñas, como señala el artículo 6°:

1. Los Estados Partes reconocen que las mujeres y niñas con discapacidad están sujetas a múltiples formas de discriminación y, a ese respecto, adoptarán medidas para asegurar que puedan disfrutar plenamente y en igualdad de condiciones de todos los derechos humanos y libertades fundamentales.

2. Los Estados Partes tomarán todas las medidas pertinentes para asegurar el pleno desarrollo, el adelanto y la potenciación de la mujer con el propósito de garantizarle el ejercicio y el goce de los derechos humanos y las libertades fundamentales establecidas en la presente Convención.3

Las mujeres con discapacidad han sido incorporadas a la agenda internacional de manera extemporánea en comparación con las mujeres en general y con las personas con discapacidad que, a pesar de su lucha para alcanzar su reconocimiento habían sido omitidas en especial por su género femenino por estar relacionadas con su cuerpo y su sexualidad, aspectos que sólo empezaron a abordarse en la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, en Beijing, cuya Declaración y Plataforma de Acción de Beijing puso acento en algunas problemáticas sentidas por cierto sector,4 en especial por la violencia sexual y las esterilizaciones forzadas a las que se ven sometidas estas mujeres, con mayor probabilidad que otras y que los varones con discapacidad.5-6

La verdadera fuente de discriminación está en los prejuicios y los estereotipos sociales que están presentes en los servidores de las instituciones que prestan servicios a esta población, donde profesionales de distintas especialidades no siempre están actualizados en el tema y suelen reproducir el modelo médico-rehabilitador centrado en atender los problemas funcionales, situación que distrae la atención de la orientación, la asesoría al acceso y el disfrute pleno de derechos sexuales y reproductivos de las mujeres con discapacidad.

La sexualidad de las mujeres con discapacidad se manifiesta en torno a la utilidad y productividad de los cuerpos, presenta prácticas discriminatorias y excluyentes que subyacen en una gran cantidad de discursos institucionales como una vía científicamente válida, que legitima la violación a derechos sexuales y reproductivos de estos grupos identificados como indeseables.7

Están alejadas de las condiciones de salud y normalidad indispensables para cumplir las funciones de madre, son cuestionadas al plantear los deseos de
ejercer su sexualidad y/o su maternidad en todos los ámbitos sociales, incluso, en instituciones de salud encargadas de atender sus necesidades. La esterilización forzada de las mujeres con discapacidad ha sido una práctica común en muchas partes del mundo y empieza a ser documentada a fin de poner en evidencia la violación a los derechos sexuales y reproductivos de este sector de la población.8

1 Francisco Bariffi, “Capacidad jurídica y capacidad de obrar de las personas con discapacidad a la luz de la Convención de la onu”, en Luis Cayo Pérez Bueno (dir.), Hacia un derecho de la discapacidad. Estudios en homenaje al profesor Rafael de Lorenzo, Pamplona, Thomson Reuters Aranzadi, 2009.

2 Barnes Colin y Carol Thomas, “Introducción”, en Len Barton (comp.), Superar las barreras de la discapacidad, Madrid, Morata, 2009, pp. 16-18.

3 Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred), «Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y protocolo facultativo», México, Conapred, 2007.

4 Organización de las Naciones Unidas (onu), Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, Beijing, onu, 1995. Disponible en <http://www.isdemu.gob.sv/documentos/Legislacion%20Internacional/BEIJING.pdf.&gt;. Fecha de consulta: marzo de 2022.

5 María Verónica Reina, et al., “Mujeres con discapacidad en el marco legal internacional de derechos humanos”, en Memorias del Seminario internacional convención sobre los derechos de las personas con discapacidad. Por una cultura de la implementación, México, Secretaría de Relaciones Exteriores / Programa de Cooperación sobre Derechos Humanos México / Comisión Europea, 2007, pp. 141-148.

6 Sará Serrano y Ma. Cristina Mathianson, Women with Disabilities: Lessons of Reinforcing the Gender Perspective in International Norms and Standards, Nueva York, onu, 2003.

7 Beatriz Urías Horcasitas, Historias secretas del racismo (1920-1950), México, Tusquets, 2007.

8 Women With Disabilities Australia (wwda), Esterilización y salud reproductiva de mujeres y jóvenes con discapacidad, Sídney, wwda, 2001.

 

Primero lo primero

Julissa Emireth Bollás Mendoza, 28 años, Acapulco de Juárez, Guerrero, México

Foto: Rosa Martínez, 2022

La sexualidad constituye una parte importante en la vida de las personas, influye de manera emocional, mental, física y social. A nivel internacional, la primera vez que los derechos sexuales y reproductivos fueron mencionados fue en 1994, durante la Conferencia Internacional de Población y Desarrollo en El Cairo, Egipto; posteriormente, en el 2000, en la Conferencia del Milenio, los países asistentes –México entre ellos– se comprometieron a garantizar que su niñez y su juventud tuvieran los mecanismos para vivir de manera saludable, autónoma, segura, responsable y enriquecedora su sexualidad.

México ha firmado tratados y acuerdos internacionales estableció en el artículo 4° de la Constitución Política que “promoverá y protegerá los derechos sexuales y reproductivos…”; y este año designó a la Secretaría de Salud un prepuesto de 192 mil 368 millones de pesos, pero estas acciones no sirven de nada si la juventud no conoce estos dos conceptos.

De acuerdo al Fondo de Población de las Naciones Unidas, la vida sexual en las y los jóvenes de este país comienza a los 15 años, por esta razón es necesario crear estrategias que disminuyan riesgos como enfermedades de transmisión sexual, agresiones, violaciones, embarazos no deseados y paternidades no responsables.

Es importante que las y los jóvenes conozcan la información necesria sobre derechos sexuales y reproductivos para el ejercicio pleno de su sexualidad.

Para conocer sobre ellos, distintas organizaciones crearon en 2016 la “Cartilla de Derechos Sexuales de Adolescentes y Jóvenes”, en donde reafirman la importancia de un disfrute pleno de la sexualidad y el placer, a través de 14 artículos: 1. Derecho a decidir de forma libre, autónoma e informada sobre los cuerpos y la sexualidad; 2. Derecho a ejercer y disfrutar plenamente la sexualidad; 3. Derecho a manifestar públicamente los afectos; 4. Derecho a decidir libremente con quien o quienes relacionarnos afectiva, erótica y socialmente; 5. Derecho a la privacidad, intimidad y a que se resguarde confidencialmente la información personal; 6. Derecho a la vida, integridad física, psicológica, sexual y a vivir una vida libre de violencias; 7. Derecho a decidir de manera libre e informada sobre la vida reproductiva; 8. Derecho a la igualdad; 9. Derecho a vivir libres de discriminación; 10. Derecho a la información actualizada, veraz, completa, científica y laica sobre sexualidad; 11. Derecho a la educación integral en sexualidad; 12. Derecho a los servicios de salud sexual y reproductiva; 13. Derecho a la identidad sexual;
y 14. Derecho a la participación en las políticas públicas sobre sexualidad y reproducción.

De igual forma, conocer qué son los derechos reproductivos les permitirá ejercer y disfrutar su sexualidad. Para esto, la Federación Internacional de Planificación Familiar establece todo un decálogo: 1. Derecho a la igualdad, a una protección legal igualitaria y a vivir libres de toda discriminación basado en el sexo, la sexualidad o el género; 2. Derecho a todas las personas a la participación, sin importar sexo, sexualidad o género; 3. Derecho a la vida, libertad, seguridad de la persona e integridad corporal; 4. Derecho a la privacidad; 5. Derecho a la autonomía personal y al reconocimiento ante la ley; 6. Derecho a la libertad de pensamiento, opinión, expresión y asociación; 7. Derecho a la salud y a los beneficios del avance científico; 8. Derecho a la educación e información; 9. Derecho a elegir si casarse o no y a formar y planificar una familia, así como a decidir si tener o no descendencia, cómo y cuándo tenerlos; y 10. Derecho a la rendición de cuentas y reparación de daños.

No abordar la sexualidad por tabú sólo expone a la juventud a la desinformación y a las violencias. Una educación sexual completa es necesaria para crear sociedades más igualitarias. Los derechos sexuales y reproductivos son derechos humanos, el territorio más importante de una persona es su cuerpo.

 

Derechos sexuales y reproductivos en Hidalgo

Alejandrina Margarita Franco Tenorio, 66 años, Hidalgo

Gracias a la Secretaría Estatal de Mujeres morena Ciudad de México, la secretaria Guadalupe Juárez Hernández que nos da voz a través de la comunicación constante y permanente, se impulsa el trabajo colectivo de los derechos de las mujeres en todo el país. Gracias a la revista en voz alta que nos permite expresar y difundir logros o carencias de cada estado, así como conocer, y fomentar la participación y formación de las mujeres de morena.

En junio de 2021, Hidalgo aprobó la despenalización del aborto. La reforma permite la interrupción legal del embarazo hasta las 12 semanas. La esencia del derecho fundamental a la igualdad, la no discriminación, la privacidad y la salud física y mental, las condiciones previas y necesarias para el disfrute de otros derechos y libertades no es el abortar por abortar, sino la forma más segura de cuidar la salud; que las mujeres sepan y ejerzan el derecho a decidir sobre su propio cuerpo. Hidalgo da muestra de avance, pero la violencia de género no ha concluido, falta mucho por hacer.

El 25 de enero de 2022, el diputado Ángel Tenorio propuso el proyecto de iniciativa para adicionar la categoría de igualdad de género y de diversidad sexual en el premio Estatal de la Juventud; y el 14 de mayo Congreso de Hidalgo aprueba el matrimonio igualitario y el reconocimiento del concubinato. Hidalgo va por los derechos de todas, de todos y de todes, pero ¿es verdad que las mujeres conocen sus derechos?

Es el momento de mencionar que tienes derecho a tener una vida sexual y reproductiva digna, a decidir sobre tu cuerpo y tu sexualidad, a tener relaciones sexuales seguras e informadas, a tener o no tener hijos, a decir NO, cuando no deseas que alguien te toque, a vivir una sexualidad sin violencia, represión, explotación o acoso, a las mismas oportunidades independientemente de tu sexo, género o condición, nadie puede discriminar o tratarte diferente ya sea por tu familia, tu escuela o tu comunidad porque seas madre o padre. Tienes derecho a una buena salud sexual y reproductiva, a acceder a métodos anticonceptivos sin pedir permiso a un adulto, al parto, a tomar decisiones sexuales y reproductivas, a contar con información oportuna, veras y completa sobre sexualidad. Todos estos derechos reducen la mortalidad materna, el embarazo no planificado, la adquisición del Virus de la Inmunodeficiencia Humana, y otras enfermedades de transmisión sexual.

Prevenir sin discriminación, sin violencia, evitar el maltrato y el abuso infantil son la lucha que seguiremos dando para un mejor bienestar y que debe reflejarse en leyes en beneficio, no de un estado o país, sino, a nivel mundial. El reto de nosotras las mujeres conocidas o anónimas que luchan día a día desde el hogar, el barrio, la colonia, el municipio, el estado o el país, dejando su vida en esta lucha para un mejor vivir, es erradicar las desigualdades, que sean tomadas en cuenta en el ámbito político, cultural y social, que termine la violencia de género y no haya ni una más violentada, ni una más desaparecida o muerta, que sea libre y no se castigue por el derecho a decidir.

¡Mujeres unidas todas, por la defensa de nuestros derechos en razón de decisión e igualdad. Nadie dijo que será fácil, pero unidas somos más fuertes!